Tras la decisión difícil de poner fin a un matrimonio o relación sentimental, es conveniente plantearse, si la regulación de nueva la situación se va llevar de mutuo acuerdo o no.
En este caso, abordaremos, las medidas adoptadas de común acuerdo por los progenitores, cuando existan hijos menores de edad.
Tipos de medidas de mutuo acuerdo a favor de los hijos menores de edad.-
Los progenitores, pueden ser asesorados, cada uno por un abogado de su confianza. También ambos con un solo abogado, siempre que no exista conflicto de intereses entre ellos. Sin embargo, cuando el procedimiento es contencioso es necesario que cada miembro de la pareja, consulte con su propio abogado.
La primera medida para los hijos menores a analizar es la patria potestad.
Con el nacimiento del hijo y su inscripción en el Registro Civil correspondiente, automáticamente, se establece la patria potestad de los padres, con respecto a los hijos. La patria potestad supone una serie de derechos y obligaciones que los padres tienen para con sus hijos. Esas obligaciones consisten en: velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, procurarles una formación integral, representarlos y administrar sus bienes por sus bienes. Esta serie de obligaciones serán ejercidas conjuntamente por los progenitores.
Esto no cambia con la separación de los padres. La patria potestad ha de ser conjunta, y, en caso de desacuerdo en alguna de las cuestiones enumeradas anteriormente, deberán acudir al juez para que lo resuelva.
Solo los tribunales pueden privar a uno de los progenitores de la patria potestad, en caso de existir motivos tasados para ello.
En abogadosperezquiros.com, le informaremos convenientemente acerca de su caso concreto, y cómo afrontar su nueva situación familiar.